Preguntas frecuentes sobre la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas mayores de 50 años en situación de desempleo por tiempo igual o inferior a un año.

La contratación de personas de edad igual o superior a 50 años, que estén situación de desempleo por tiempo igual o inferior a un año, en centros de trabajo en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Los contratos deben tener una duración mínima de 6 meses.  Para los contratos temporales, el periodo máximo subvencionable será de 6 meses y para los indefinidos 12 meses.

Los contratos indefinidos y los contratos temporales de al menos 6 meses de duración, que estén suscritos e iniciados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y hasta el fin del plazo de la misma para presentar solicitudes, y que cumplan los requisitos y condiciones establecidos en la convocatoria.

El plazo para suscribir e iniciar el contrato comienza a partir del del 16 de noviembre de 2023, día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPV, y finaliza el 18 de octubre de 2024. Los contratos tendrán que estar suscritos e iniciados entre ambas fechas. 

Los contratos, indefinidos o temporales de al menos 6 meses de duración, para desempeñar puestos de trabajo en centros de trabajo en la Comunidad Autónoma del País Vasco, tienen que estar suscritos e iniciados entre el 16 de noviembre de 2023 y el 18 de octubre de 2024,  y ser realizados por escrito en cualquiera de las modalidades contractuales establecidas por la legislación laboral, con las excepciones establecidas por la convocatoria, no pudiendo ser su jornada inferior al 70% en el caso de contratos de trabajo a tiempo parcial.

En todo caso, la contratación debe referirse a puestos de trabajo adecuados al perfil profesional de la persona contratada, es decir al nivel de estudios o de formación y/o experiencia profesional. En el contrato deberá constar expresamente el puesto de trabajo a desempeñar, la formación y/o cualificación profesional para el puesto de la persona contratada, la jornada laboral pactada, la duración del contrato con la fecha de inicio y fin en su caso y la retribución bruta. La retribución bruta será en cómputo anual para los contratos indefinidos y mensual para los contratos temporales, cuantificada en euros y deberá detallar los conceptos incluidos en la retribución bruta con sus respectivas cuantías en euros.

La convocatoria no establece un plazo mínimo en el que la persona debe estar en desempleo solo específica que no debe estar en situación de desempleo por tiempo superior a 365 días.

Las dos formas son posibles. Si el proceso de selección se realiza mediante oferta en Lanbide, en la comunicación del contrato la empresa deberá indicar la referencia de oferta.

Los contratos de formación en alternancia, los contratos fijos discontinuos y los contratos celebrados por empresas de trabajo temporal con personas trabajadoras para su cesión a una empresa usuaria, están excluidos de la convocatoria.

No. La convocatoria excluye expresamente de la ayuda las contrataciones de dichas personas, así como las contrataciones de quienes tienen una relación conyugal, de pareja de hecho, de convivencia, sean descendientes o tengan una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive con aquéllas.

Sólo en el caso de que la relación laboral anterior con la empresa haya sido de carácter temporal y hayan transcurrido más de tres meses desde la finalización de la misma.

No. Esta ayuda es incompatible con la obtención de cualquier otro tipo de subvención, ayuda o ingreso que, por el mismo concepto y finalidad, le sean otorgadas por esta u otras Administraciones o entidades públicas o privadas.

No. Están expresamente excluidos y no son objeto de subvención.

No. La convocatoria subvenciona contrataciones que se suscriban e inicien entre el 16 de noviembre de 2023 y el 18 de octubre de 2024 y que reúnan todos los requisitos indicados en la convocatoria. Por tanto, si el contrato ya se ha suscrito e iniciado antes, aunque sea prorrogado o transformado en indefinido, incumple lo establecido por la convocatoria.

Se computan todos, ya que los informes de plantilla media de trabajadores en situación de alta, que deben entregarse con la solicitud y demás documentación adjunta, se refieren a los centros de trabajo de la empresa radicados en la CAE.

La convocatoria de la ayuda establece, en una tabla, las retribuciones brutas mínimas en cómputo anual y para jornada completa según la titulación o estudios que, según la normativa aplicable, el perfil del puesto precisa para su desempeño y que deben estar realizados por la persona contratada.

Para calcular cual es la retribución bruta mínima para el contrato y puesto de trabajo concreto deberá tener en cuenta el perfil del puesto y la cualificación profesional que se precisa para su desempeño, así como la duración del contrato y el porcentaje de jornada pactada en el contrato.  

En todo caso, se trata de retribuciones brutas mínimas a efectos de la convocatoria de la ayuda, por lo que si existe normativa aplicable que indica otra retribución superior tendrá que tenerlo en cuenta.

En ningún caso, para los puestos cuyo perfil exija para su cobertura y desempeño, según la normativa aplicable, un nivel de titulación académica o estudios realizados de Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios, la retribución bruta anual mínima podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento. 

La persona en desempleo podrá obtener por medios telemáticos, a través de Milanbidenet, así como en las oficinas de empleo, un informe de Lanbide que acredite que, el día anterior a la fecha de inicio del contrato, se encuentra desempleada, inscrita y de alta como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y que ha estado en esta situación un periodo máximo de 365 días previos a tal fecha.

La empresa debe comunicar a Lanbide la baja de la persona contratada y presentar la documentación correspondiente.

 Se tendrán en cuenta para el cálculo el salario base, las pagas extraordinarias y los complementos salariales. Están expresamente excluidas otro tipo de percepciones y complementos extrasalariales.

Significa que la contratación debe estar ajustada al perfil profesional de la persona contratada quién, a su vez, debe poseer la cualificación profesional necesaria que, según la normativa aplicable, el perfil del puesto precisa para su desempeño.