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Informe de cumplimiento de la condición de persona desempleada de larga duración

Si tienes amplia experiencia profesional en un sector pero no cuentas con acreditación oficial ahora tienes la posibilidad de obtenerla a través del Proceso de Reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales.

Procedimiento abierto de manera permanente para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación

Convocatoria del País Vasco

Convocatorias a nivel estatal

Requisitos

  • Ser residente en la CAPV.
  • Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o ser titular de una auto­rización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
  • Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la solicitud de inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 1 y 20 años para los niveles 2 y 3.
  • Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
    • En el caso de experiencia laboral. Justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
    • En el caso de formación. Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de com­petencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
    • En los casos en que las unidades de competencia profesional que se van a valorar cuen­ten, por su naturaleza, con requisitos adicionales, poseer documento justificativo de cumplir con dichos requisitos.