Demandantes de intermediación y de políticas activas de empleo

Responsable del tratamiento

Lanbide-Servicio Vasco de Empleo
Jose Atxotegi, 101009Vitoria-GasteizÁlava
Teléfono: 945160600 

Delegada de protección de datos

Donostia-San Sebastián 101010Vitoria-GasteizÁlava
Teléfono: 945018680

Finalidad del tratamiento

  • Registro de demandantes de empleo, de servicios previos al empleo y de demandantes de otros servicios relacionados con el empleo
  • Verificar y acreditar el cumplimiento de las obligaciones como demandantes
  • Gestión de la intermediación laboral y de las diferentes políticas activas de empleo de Lanbide
  • Colaboración y coordinación con entidades privadas y con las administraciones competentes en el ámbito del empleo
  • Gestión de actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo
  • Elaboración de perfilado estadístico de las personas demandantes para definir un itinerario personal que mejore su empleabilidad de la manera más efectiva posible
  • Comunicaciones a los servicios sociales al objeto de lograr la inserción social y laboral.
  • Gestionar los instrumentos y servicios orientados a la inclusión laboral y social.

Base jurídica

  • Consentimiento del interesado o la interesada.
  • Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables.
  • Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
  • LEY 15/2023, de 21 de diciembre, de Empleo.
  • LEY 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
  • REGLAMENTO (UE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1081/2006 del Consejo.
  • REGLAMENTO (UE) 2016/589 de 13 de abril de 2016 relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), al acceso de los trabajadores a los servicios de movilidad y a la mayor integración de los mercados de trabajo y por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 492/2011 y (UE) nº 1296/2013.
  • RGPD 9.2.b) Cumplimiento de obligaciones en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social.

Plazo de conservación

Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Categorías de personas interesadas

  • Mujeres víctimas de violencia de género
  • Personas demandantes de servicios de empleo
  • Inmigrantes
  • Víctimas de vulneraciones de derechos humanos
  • Víctimas del terrorismo
  • Personas en exclusión o en riesgo de exclusión social

Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)

  • Órganos judiciales
  • Empleadores
  • Sistema Nacional de Empleo (Agencia Española de Empleo y los Servicios de Empleo de las Comunidades Autónomas)
  • Ministerio competente en materia de inclusión
  • Fondo Social Europeo (FSE)
  • Red EURES
  • Tesorería General de la Seguridad Social
  • Departamento competente en materia de empleo. Gobierno Vasco
  • Inspección de Trabajo de la CAE y de la AGE
  • Entidades de mejora de la ocupabilidad
  • Ministerio competente en materia de empleo

Categorías de datos personales

  • Datos de carácter identificativo
  • Datos de características personales
  • Datos de circunstancias sociales
  • Datos académicos y profesionales
  • Datos de empleo y carrera
  • Menores
  • Víctimas de violencia de género
  • Víctimas de terrorismo
  • Categorías especiales de datos personales
    • Datos biométricos
    • Salud

Transferencias internacionales

No están previstas

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

ID: 739