Preguntas frecuentes sobre contratas, subcontratas o concesiones administrativas

No, las subcontratas no justifican la contratación temporal. El nuevo contrato temporal por circunstancias de la producción, vigente después del 30/03/2022, excluye como causa justificativa de la temporalidad las contratas, subcontratas o concesiones administrativas que constituyan la actividad ordinaria de la empresa.

Estas empresas deberán adaptarse a la nueva situación tras la reforma laboral, optando por una contratación indefinida o fija-discontinua o, de darse las circunstancias concretas que permiten la subcontratación temporal a partir del 30/03/2022, optar por algunas de las nuevas modalidades de contratatación determinada (circunstancias de la producción o sustitución de persona trabajadora).