Convocatoria para el año 2019 de ayudas al retorno juvenil destinadas a la contratación de personas jóvenes en centros de trabajo en la CAPV. Subvención por contratación.
[REJ]
- Organismo:
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
Promover la contratación de personas jóvenes menores de 35 años que durante al menos los últimos 12 meses no han residido en la CAPV y las que, cumpliendo este requisito, han retornado a la CAPV, como máximo, en los 3 meses anteriores a la contratación y no han trabajado desde su retorno. Todas ellas han de estar vinculadas a la CAPV por alguna de las siguientes causas:
- Nacimiento
- Haber realizado estudios presenciales y haber obtenido un título oficial
- Vecindad administrativa durante 2 años anteriores a su salida.
La finalidad de esta convocatoria es promover que:
- a)las personas jóvenes menores de 35 años, vinculadas a la CAPV y que desean retornar o hayan retornado recientemente se inserten en el mercado laboral vasco. Para ello, también se subvencionan parcialmente sus gastos de desplazamiento.
- b)las empresas vascas incorporen personas jóvenes que han adquirido o ampliado sus competencias profesionales y/o lingüísticas fuera de Euskadi.
Se establecen dos líneas de ayuda:
- Ayuda a la Contratación: A las empresas vascas que contraten personas jóvenes menores de 35 años, en los términos y condiciones de la convocatoria.
- Ayuda por Gastos de Desplazamiento a la CAPV asociados al Retorno: A las personas jóvenes contratadas por las empresas vascas en el marco de esta convocatoria, exceptuando aquellas que residan en la CAPV en el momento de su contratación.
Dotación presupuestaria
1.670.000 eurosPrestación económica
El periodo máximo subvencionado no podrá superar los 12 meses y finalizará, en todo caso, el 22 de Noviembre de 2020.
El importe subvencionado por cada contrato se determinará en función de la titulación académica o estudios realizados del siguiente modo:
Titulación Académica o Estudios realizados
Subvención contrato de 12 meses
Subvención contrato indefinido
Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia
9.600 €
12.000 €
Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia
Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII)
7.200 €
9.000 €
Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Formación Profesional básica, Bachiller y Certificados de Profesionalidad
6.000 €
7.500 €
Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios
4.800 €
6.000 €
Los importes de subvención establecidos se incrementarán en un 10% cuando la persona contratada sea mujer.
Las cuantías de subvención mencionadas se refieren a contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial -de al menos el 70% de la jornada, se ajustarán los importes en proporción a la jornada.
En todo caso, la retribución bruta anual de la persona que se contrate no podrá ser inferior a las cantidades que figuran en la tabla siguiente:
Titulación Académica o estudios realizados
Remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extras)
Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia
24.000 euros
Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia
Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII)
18.000 euros
Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad
15.000 euros
Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios
12.000 euros
Las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla total existente en el o los centros de trabajo de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi, considerando para su cálculo los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencionen. Así, a fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un incremento sobre dicha media.
No serán objeto de subvención:
- a) La contratación del cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración o dirección de la empresas, independientemente de la forma jurídica que ostenten, así como la que se produzca con estos últimos.
- b) Todos aquellos contratos que pudieran formalizarse vinculados a actividades acogidas a subvención en cualesquiera de las convocatorias realizadas por Lanbide- Servicio Vasco de Empleo o subvencionados en el marco de las mismas.
Las ayudas contempladas en la presente convocatoria por la contratación de personas jóvenes quedarán sujetas a la regla de «mínimis» establecida en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013), relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de «mínimis». A consecuencia de esta calificación, el importe total de las ayudas de «mínimis» concedidas a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Las solicitudes para esta ayuda serán analizadas por orden de presentación, y las subvenciones se concederán, en el mismo orden, a todas aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria, así hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.
Forma de pago:
Un primer pago del 65% de la subvención concedida, tras la formalización de los contratos previstos en el plan de contratación de la empresa y un segundo pago, por el 35% restante o la cantidad que resulte de la justificación, tras la finalización del período subvencionado y una vez justificadas las actuaciones objeto de subvención..
El periodo máximo subvencionado no podrá superar los 12 meses y finalizará, en todo caso, el 22 de Noviembre de 2020.
El importe subvencionado por cada contrato se determinará en función de la titulación académica o estudios realizados del siguiente modo:
Titulación Académica o Estudios realizados | Subvención contrato de 12 meses | Subvención contrato indefinido |
Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia | 9.600 € | 12.000 € |
Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia | ||
Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 7.200 € | 9.000 € |
Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Formación Profesional básica, Bachiller y Certificados de Profesionalidad | 6.000 € | 7.500 € |
Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios
| 4.800 € | 6.000 € |
Los importes de subvención establecidos se incrementarán en un 10% cuando la persona contratada sea mujer.
Las cuantías de subvención mencionadas se refieren a contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial -de al menos el 70% de la jornada, se ajustarán los importes en proporción a la jornada.
En todo caso, la retribución bruta anual de la persona que se contrate no podrá ser inferior a las cantidades que figuran en la tabla siguiente:
Titulación Académica o estudios realizados | Remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extras) |
Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia | 24.000 euros
|
Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia | |
Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 18.000 euros |
Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad | 15.000 euros |
Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios | 12.000 euros |
Las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla total existente en el o los centros de trabajo de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi, considerando para su cálculo los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencionen. Así, a fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un incremento sobre dicha media.
No serán objeto de subvención:
- a) La contratación del cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración o dirección de la empresas, independientemente de la forma jurídica que ostenten, así como la que se produzca con estos últimos.
- b) Todos aquellos contratos que pudieran formalizarse vinculados a actividades acogidas a subvención en cualesquiera de las convocatorias realizadas por Lanbide- Servicio Vasco de Empleo o subvencionados en el marco de las mismas.
Las ayudas contempladas en la presente convocatoria por la contratación de personas jóvenes quedarán sujetas a la regla de «mínimis» establecida en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013), relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de «mínimis». A consecuencia de esta calificación, el importe total de las ayudas de «mínimis» concedidas a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Las solicitudes para esta ayuda serán analizadas por orden de presentación, y las subvenciones se concederán, en el mismo orden, a todas aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria, así hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.
Un primer pago del 65% de la subvención concedida, tras la formalización de los contratos previstos en el plan de contratación de la empresa y un segundo pago, por el 35% restante o la cantidad que resulte de la justificación, tras la finalización del período subvencionado y una vez justificadas las actuaciones objeto de subvención..
A quién va dirigido
Empresas
Las empresas, independientemente de su forma jurídica, que celebren contratos de trabajo en los términos establecidos en la convocatoria, excepto las Administraciones Públicas, y los Organismos Autónomos, Entes Públicos de Derecho Privado y demás entidades que integran el sector público.
Requisitos:
- Domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo productivo radicado en la CAPV.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Verificación automática por Lanbide. En caso de denegar el consentimiento para esta verificación automática, las empresas presentarán certificados actualizados que acrediten esta condición.
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No hallarse la empresa sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Acreditar que la contratación subvencionable supone un incremento neto del número de personas empleadas en el o los centros de trabajo de la empresa de la CAPV, en comparación con la media de los 6 meses previos.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
En el momento del primer pago: Dos informes denominados «Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta», emitidos por la Tesorería General de la Seguridad Social (obtenidos del sistema RED), de los centros de trabajo de la empresa radicados en la CAPV,: uno de ellos correspondiente a los seis meses inmediatamente anteriores al día de alta en la empresa de la persona contratada, y el otro correspondiente al día de la contratación.
-
Comunicar a la Representación Legal de los trabajadores (RLT) de la empresa la intención de contratar al amparo de esta convocatoria, indicando el tipo de contrato, periodo de contratación y puesto a ocupar
Comunicación escrita a la RLT o, si no existe RLT, Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud de no disponer de RLT.
-
No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente, tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la CAPV y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No se halla incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No se halla incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Comunicar si en los 3 últimos ejercicios fiscales se han obtenido ayudas sujetas al régimen de mínimis.
En la solicitud se marcará la Declaración responsable que corresponda. En caso de haber recibido otras ayudas en régimen de mínimis, además, se deberá cumplimentar la información correspondiente en la solicitud.
-
Información relativa al número de personas trabajadoras que constituyen la plantilla de la empresa y si tal empresa dispone de un Plan de Igualdad.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
Requisitos
-
Persona Física
En el supuesto de que la solicitante sea una persona física, copia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o documento de identidad equivalente, o Número de Identificación de Extranjero, o autorización expresa para que el órgano gestor de la ayuda proceda a la comprobación o verificación de los datos de identidad.
-
Persona Jurídica
En el caso de que la solicitante sea persona jurídica, copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Activación Laboral
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo cofinanciador
- Fondo Social Europeo (FSE)
Información de contacto
Lanbide – Servicio Vasco de Empleo
945 181 335 / / 945 181 309
E-mail: retornojuvenil@lanbide.eus
Código
10503Solicitud y aportación de documentación
Junto con el impreso de solicitud de subvención por contratación la empresa deberá presentar la siguiente documentación:
- a) En el supuesto de que la solicitante sea una persona física, copia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o documento de identidad equivalente, o Número de Identificación de Extranjero, o autorización expresa para que el órgano gestor de la ayuda proceda a la comprobación o verificación de los datos de identidad.
- b) En el caso de que la solicitante sea persona jurídica, copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa.
- c) En caso de tratarse de personas jurídicas, copia de las escrituras de constitución de la empresa y, en su caso, inscripción en el registro correspondiente.
- d) Memoria descriptiva de la empresa y del proyecto de contratación, conforme al contenido específico detallado en los apartados 2 y 3 de la solicitud.
Si la solicitud no viniera cumplimentada en todos sus términos o no fuera acompañada de la documentación preceptiva relacionada en los párrafos anteriores, se requerirá a la persona interesada para que en un plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida en su solicitud, y Lanbide-Servicio Vasco de Empleo dictará resolución expresa sobre esa solicitud y la notificará.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Calle Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
Persona Física
En el supuesto de que la solicitante sea una persona física, copia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o documento de identidad equivalente, o Número de Identificación de Extranjero, o autorización expresa para que el órgano gestor de la ayuda proceda a la comprobación o verificación de los datos de identidad.
-
Persona Jurídica
En el caso de que la solicitante sea persona jurídica, copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa.
- Domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo productivo radicado en la CAPV.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Verificación automática por Lanbide. En caso de denegar el consentimiento para esta verificación automática, las empresas presentarán certificados actualizados que acrediten esta condición.
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No hallarse la empresa sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Acreditar que la contratación subvencionable supone un incremento neto del número de personas empleadas en el o los centros de trabajo de la empresa de la CAPV, en comparación con la media de los 6 meses previos.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
En el momento del primer pago: Dos informes denominados «Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta», emitidos por la Tesorería General de la Seguridad Social (obtenidos del sistema RED), de los centros de trabajo de la empresa radicados en la CAPV,: uno de ellos correspondiente a los seis meses inmediatamente anteriores al día de alta en la empresa de la persona contratada, y el otro correspondiente al día de la contratación.
-
Comunicar a la Representación Legal de los trabajadores (RLT) de la empresa la intención de contratar al amparo de esta convocatoria, indicando el tipo de contrato, periodo de contratación y puesto a ocupar
Comunicación escrita a la RLT o, si no existe RLT, Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud de no disponer de RLT.
-
No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente, tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la CAPV y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No se halla incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Comunicar si en los 3 últimos ejercicios fiscales se han obtenido ayudas sujetas al régimen de mínimis.
En la solicitud se marcará la Declaración responsable que corresponda. En caso de haber recibido otras ayudas en régimen de mínimis, además, se deberá cumplimentar la información correspondiente en la solicitud.
-
Información relativa al número de personas trabajadoras que constituyen la plantilla de la empresa y si tal empresa dispone de un Plan de Igualdad.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Estimatorios
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Calle Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para interponer un recurso potestativo de reposición, rellene el formulario que encontrará a continuación y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que no pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Requisitos de los contratos
Se definen a nivel de ayuda aquellos requisitos específicos que la entidad debe cumplir para optar a esta Ayuda
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Calle Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Los contratos subvencionables al amparo de esta convocatoria podrán formalizarse en base a cualquier modalidad contractual acorde a la legislación laboral, exceptuando el contrato para la formación y el aprendizaje, siempre que tengan una duración mínima de 12 meses o sean contratos de carácter indefinido.
- La contratación deberá referirse a puestos de trabajo adecuados al nivel de estudios o de formación cursados de la persona contratada.
- Los contratos deberán formalizarse por escrito, en modelo oficial, haciendo constar expresamente la titulación y/o cualificación profesional de la persona trabajadora, la fecha de inicio y, en su caso, de fin de contrato, y la duración del mismo, así como el puesto de trabajo a desempeñar.
- Los contratos deberán ser a jornada completa o jornada parcial; en este último caso, nunca inferior al 70% de la jornada laboral establecida.
- En el contrato se hará constar la cuantía de remuneración bruta anual cuantificada en euros.
- En el contrato se hará constar el número identificativo de oferta de empleo que haya sido proporcionado por Lanbide.
Requisitos de las personas a contratar
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Calle Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
Personas jóvenes menores de 35 años
Verificación automática por Lanbide de que las personas candidatas cumplen los requisitos de la Convocatoria.
-
Inscritas como demandantes de empleo en un Servicio Público de Empleo
Verificación automática por Lanbide de que las personas candidatas cumplen los requisitos de la Convocatoria.
-
Desempleadas en el momento de la formalización del contrato
-
Pertenecer a alguno de los siguientes grupos, en función de la titulación o de los estudios realizados:
- 1. Titulación Universitaria:
- Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia.
- Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario-Plan Bolonia.
- 2. Titulación No Universitaria:
- Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII)
- Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI) o Formación Profesional básica.
- Certificado de profesionalidad.
- Educación Secundaria Obligatoria.
- Sin Estudios.
En el caso de personas con titulación obtenida en el extranjero, dicha titulación debe tener reconocida su validez académica y/o laboral en España a la fecha de inicio de la relación laboral.
-
Disponer de un perfil profesional adecuado
Verificación automática por Lanbide de que las personas candidatas cumplen los requisitos de la Convocatoria.
-
Estar residiendo en el extranjero o fuera.de la Comunidad Autónoma del País Vasco durante al menos los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del contrato laboral.
Verificación automática por Lanbide de que las personas candidatas cumplen los requisitos de la Convocatoria.
-
Las personas jóvenes contratadas al amparo de esta convocatoria podrán estar residiendo en la CAPV en el momento de su contratación, siempre y cuando tuvieran la condición de participante en el Fichero de personas con voluntad de retorno con carácter previo a su contratación en la CAPV. Además no debe haber transcurrido un periodo superior a tres meses desde su retorno y no deben haber trabajado durante dicho periodo.
Verificación automática por Lanbide de que las personas candidatas cumplen los requisitos de la Convocatoria
-
No haber trabajado en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante al menos los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del contrato laboral
Verificación automática por Lanbide de que las personas candidatas cumplen los requisitos de la Convocatoria.
-
Haber declarado su voluntad de retorno a la CAPV.
Verificación automática por Lanbide de que las personas candidatas cumplen los requisitos de la Convocatoria.
-
Tener vinculación con la Comunidad Autónoma del País Vasco por nacimiento, por vecindad administrativa de al menos 2 años previa a la salida de la CAPV o por haber cursado estudios presenciales en la CAPV obteniendo un título oficial.
-
Tener la condición de participante en el Programa de Retorno Juvenil con carácter previo a su contratación.
Verificación automática por Lanbide de que las personas candidatas cumplen los requisitos de la Convocatoria.
La acreditación de la condición de participante en el Programa de Retorno Juvenil se verifica por Lanbide-SVE, mediante la comprobación de que la persona se halla inscrita en el “ Fichero de personas con voluntad de retorno” de LANBIDE-SVE. Para más información:
-
No haber tenido vinculación laboral previa con la empresa beneficiaria contratante o con cualquier otra perteneciente al mismo grupo empresarial.
Declaración responsable de la persona representante legal de la empresa, en el momento del primer pago de la subvención de ayuda a la contratación, de que la persona contratada no ha tenido vinculación laboral previa con la empresa beneficiaria contratante o con cualquier otra perteneciente al mismo grupo empresarial.
-
Adquirir un compromiso de permanencia profesional y de residencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco, con alta en el padrón que corresponda dentro de los primeros 30 días tras el inicio del contrato, que deberá mantener al menos, por toda la duración del período subvencionado (20 meses al menos en contratos indefinidos).
Compromiso firmado por la persona contratada de permanencia laboral y de residencia en la CAPV durante la duración del contrato subvencionado (en contratos indefinidos, durante al menos 20 meses), así como del alta en el padrón que corresponda en los 30 días siguientes al inicio del contrato.
Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.
-
Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Calle Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para darse de alta o modificar sus datos de tercero interesado utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación indicados.
Otros trámites
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Puede desistir en cualquier momento antes de que se dicte la resolución
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Calle Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar el desistimiento del procedimiento, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares de presentación señalados.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Calle Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para renunciar, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas